Plantean que autoridades o concesionarios informen de manera anticipada a la ciudadanía sobre obras en vialidades

El diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo (PVEM) impulsa una iniciativa con el propósito de establecer que las autoridades o concesionarios informarán a la ciudadanía de manera anticipada toda construcción o reconstrucción en los caminos y puentes, instalarán de inmediato los señalamientos y dispositivos de seguridad correspondientes, y publicarán rutas alternas.

La propuesta busca reformar el artículo 23 y adicionar los artículos 23 Bis, 23 Ter, 32 Bis y 74 Ter a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y modificar el artículo 12 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

Con estas adecuaciones normativas se prevé estipular que, tratándose de trabajos de urgencia, la autoridad o el concesionario deberán colocar de inmediato el señalamiento temporal y los dispositivos de seguridad correspondientes, así como emitir aviso público por los medios disponibles tan pronto como materialmente sea posible.

Para ello, las autoridades competentes y los concesionarios deberán informar anticipadamente a las personas usuarias sobre toda obra programada de construcción, reconstrucción, conservación o mantenimiento que afecte la circulación en caminos y puentes de jurisdicción federal.

El aviso contendrá, al menos, el tramo afectado, el tipo de obra, la autoridad o el concesionario responsable, las fechas y los horarios de inicio y terminación estimados, los carriles o sentidos afectados, la velocidad máxima temporal, las rutas alternas, los medios de contacto y el folio de actualización.

Este deberá difundirse, cuando menos, a través de un portal electrónico oficial y un repositorio de datos abiertos administrado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, señalización física preventiva instalada en campo con la anticipación técnica correspondiente.

Además, de los canales institucionales de comunicación social y de atención a las personas usuarias y los mecanismos de coordinación que establezca la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes con la Guardia Nacional, Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, las autoridades estatales y municipales y los concesionarios.

La iniciativa turnada a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Movilidad para dictamen, específica que la anticipación mínima del aviso será de quince días naturales, tratándose de cierres totales, cierres mayores a ocho horas continuas, desvíos obligatorios o afectaciones de alto impacto, de setenta y dos horas, tratándose de cierres parciales, reducción de carriles, mantenimiento ordinario o trabajos programados de impacto medio e inmediata, con actualización continua, tratándose de trabajos de urgencia, caso fortuito o fuerza mayor.

En tanto, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, mediante lineamientos técnicos, podrá clasificar las obras por nivel de impacto y ajustar los supuestos de aviso, sin reducir los mínimos previstos en esta Ley.

Enfatiza que durante la ejecución de obras que afecten la circulación, las autoridades y los concesionarios estarán obligados a mantener en todo momento el señalamiento temporal, la canalización, los dispositivos de protección, la iluminación y la información a la persona usuaria, conforme a las normas oficiales mexicanas aplicables y al Manual de señalización y dispositivos para el control del tránsito en calles y carreteras.

Asimismo, ninguna obra programada podrá iniciar sin contar con el plan de control de tránsito y el señalamiento temporal correspondiente. En su caso, deberán habilitarse rutas alternas o esquemas de circulación provisional razonablemente seguros.

Menciona que las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán publicar y mantener actualizada, en formatos interoperables y de datos abiertos, información homologada sobre las obras viales con afectación a la circulación, que comprenda, al menos, la ubicación, la duración estimada, las restricciones operativas, las rutas alternas y las incidencias asociadas. Dicha información se incorporará a los sistemas de información en materia de movilidad y seguridad vial.

El diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo considera que de aprobarse la iniciativa se cerraría el vacío que existe en los marcos jurídicos respecto al deber de comunicación anticipada a las personas usuarias y la obligación legal de coordinar rutas alternas y difusión durante la ejecución de los trabajos.

Aclara que la propuesta no crea una capacidad administrativa inexistente, toda vez que la Guardia Nacional ya opera alertas digitales para carreteras; Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos ya informa a las personas usuarias sobre las condiciones de la vía, los accidentes y los eventos que pueden retrasar el paso o poner en riesgo su integridad, a través de canales como el número 074.

En tanto, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes ya contempla, en sus instrumentos de atención de emergencias, la identificación de tramos de riesgo, el establecimiento de rutas alternas y la elaboración de planes de control de tránsito.

“Lo que la iniciativa hace es transformar esas prácticas dispersas en una obligación homogénea, verificable y exigible para todas las autoridades y los concesionarios que intervienen la red federal y apoya a las normas oficiales mexicanas ya vigentes en materia de señalamiento y zonas de obra”, concluye.